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Gestión.07 - Dotación de servicios

Descripción

Dotar de los servicios necesarios para que una parcela pueda ser solar edificable según el PGOU vigente y normativa de aplicación.

¿Quién lo puede solicitar?

  • Indiferente: Personas físicas, personas jurídicas
  • En aplicación del artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE 236 de 2/10/2015) también se puede designar representante para el procedimiento mediante poder notarial o apoderamiento apud acta por comparecencia personal en estas dependencias concertando cita previa.
  • También se podrá presentar el modelo Acreditación de representación ante la Gerencia de Urbanismo (disponible en Descarga de documentos)

Documentación a aportar

  • Solicitud 
  • Proyecto suscrito por un técnico o técnica competente, en formato digital. 
  • Documentación registral que acredite la titularidad de los terrenos que se han de dotar de servicios, si todavía no son municipales. 
  • La documentación deberá aportarse con: 
    • Declaración responsable de los diferentes técnicos firmantes del proyecto en relación con la acreditación de su titulación profesional (modelo 2). 
  • De acuerdo con las previsiones de la citada Ley 39/2015 respecto de la Administración electrónica, es necesario que se aporte el documento técnico del proyecto en soporte digital (Dwg, Dgn, etc.) de acuerdo con las siguientes especificaciones: 
    Cualquier proyecto que esté basado en cartografía deberá cumplir con las siguientes normas: 
    • Se utilizará el sistema de referencia geodésico oficial en España. Este sistema es el ETRS89 (European Terrestrial Reference System 1989). Tiene asociado el elipsoide GRS80 y esta materializado en el marco que define la Red Geodésica Nacional para Técnicas Espaciales, REGENTI. 
    • Se tomará como referencia de altitudes las referencias mareográficas locales, cuyos orígenes están definidos por la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional. 
    • Se adoptará en la cartografía y escalas más usuales, el sistema de referencia ETRS-Transversa de Mercator 
    • Los puntos deberán estar identificados con un ID. 
    • Si el proyecto incluye suministro de energía eléctrica, existe la posibilidad de escoger la compañía distribuidora de entre las inscritas en el Registro Administrativo de Distribuidores de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital 
  • Estudio Gestión de Residuos con la autoliquidación de tasas del Consell de Mallorca, todo ello según el artículo 52 de la ley 8/2019, de 19 de febrero de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears y requisitos del artículo 9 del Plan director sectorial para la gestión de residuos de construcción-demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso de la isla de Mallorca (encontrarán más información en la web:  www.mac-insular.com  )

¿Dónde solicitarlo?

Se puede tramitar vía telemática o presencial ante cualquier Oficina de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Palma OAC (Registro) y las otras establecidas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. 

Visto el art. 14.2 de la Ley 39/2015, en todo caso, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes: 

  • Las personas jurídicas. 
  • Las entidades sin personalidad jurídica. 
  • Los que ejerzan una actividad profesional para la cual se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realizan con las administraciones públicas en ejercicio de esta actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. 
  • Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración. 

Plazo de tramitación

3 meses

Normativa

  • Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de suelo y rehabilitación urbana. (BOE 261, de 31 de octubre de 2015). 
  • Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears (BOIB 160, de 29 de diciembre de 2017) 
  • Reglamento general de la ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de les Illes Balears, para la isla de Mallorca (BOIB núm 51, de 22 de abril de 2023) 
  • Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE 236 de 2 de octubre de 2015) 
  • Plan Territorial de Mallorca (BOIB núm. 188 de 31 de diciembre de 2004) 1ª modificación (BOIB núm. 90 de 15 de junio de 2010), 2ª modificación (BOIB núm. 18 de 04 de febrero de 2011) y 3ª modificación (BOIB núm 73, de 3 de junio de 2023) 
  • Plan General de Ordenación Urbana - PGOU 1998 (BOIB núm. 15 de 2 de febrero de 1999) , modificación de normas urbanísticas - Texto Refundido 2006 (BOIB núm. 170 de 30 de noviembre de 2006) y Plan General de Palma de 2023 (BOIB núm 71 de 30 de mayo de 2023) 
  • Normativa sectorial de aplicación al proyecto 
  • Otra normativa complementaria 

¿Quién tramita la solicitud?

Servicio Jurídico-administrativo de Gestión Urbanística 
Avda. de Gabriel Alomar, 18, 4.º 
07006 Palma
Tel. 971 22 59 00 - 630 308 226 (centralita), extensión 8434, 8427 

serveigestiourbanistica@palma.cat 

Información telefónica: de lunes a viernes de 9 a 14 h.  

Cita con los técnicos: concertar por teléfono previamente  
 

Requisitos

Que los viales que limitan con el solar sean de dominio público. Si son de propiedad privada deben pasar a dominio público. 

Organismo resolutor

Servicio Jurídico-administrativo de Gestión Urbanística 
Avda. de Gabriel Alomar, 18, 4.º 
07006 Palma
Tel. 971 22 59 00 - 630 308 226 (centralita), extensión 8434, 8427 

serveigestiourbanistica@palma.cat 

Información telefónica: de lunes a viernes de 9 a 14 h.  

Cita con los técnicos: concertar por teléfono previamente  
 

Observaciones

Órgano resolutorio: Consejo de Gerencia

Forma de iniciación: A instancia de parte

Fin de la vía administrativa: La resolución agota la vía administrativa. Se puede presentar recurso potestativo de reposición y/o recurso contencioso administrativo

Efectos presuntos

Desestimatorio

Fecha última modificación: 10 de abril de 2024