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Policía.05 - Vehículos abandonados - Sede electrónica
Policía.05 - Vehículos abandonados
¿Quién lo puede solicitar?
Cualquier persona (incluso de manera anónima).Documentación a aportar
- Petición verbal o escrita.
- En caso de petición escrita:
- En las OAC: impreso de solicitud
- Por internet: cumplimentar el formulario electrónico
¿Dónde solicitarlo?
Peticiones escritas:
Peticiones verbales:
- Al teléfono de atención al ciudadano 010
Normativa
- Ordenanza municipal de circulación, publicada en el BOIB núm. 80 de 05.07.01, modificada por acuerdo plenario del Ayuntamiento de Palma de día 26 de septiembre de 2002, publicada en el BOIB núm. 126 de 19.10.02.
- Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, que aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
- Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
- Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre los vehículos al final de su vida útil y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
¿Quién tramita la solicitud?
Policia Local de Palma
Calle de Son Dameto, 1 (esquina con Avda. Sant Ferran)
Telf.: 971.22.55.00
ext. 2133
Forma de iniciación
Petición persona interesada o oficio (indistinto)Organismo resolutor
Policia Local de Palma
Calle de Son Dameto, 1 (esquina con Avda. Sant Ferran)
Telf.: 971.22.55.00
ext. 2133
Efectos presuntos
No aplica
Fin de la vía administrativa
La resolución no pone fin a la vía administrativaMés información
¿Se retiran todos los vehículos abandonados? Sí, priorizando los que se consideran residuos sólidos urbanos (aquellos que no son aptos para circular: vehículos averiados, sin placa de matrícula, con falta de componentes...).
Presencial
Telefónico
Requisitos para la tramitación telemáticaDocumentos
Solicitud general exposición breveFecha última modificación: 27 de junio de 2024