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IEE 03. Certificado sobre el informe de evaluación de edificios

Descripción

Certificado acreditativo de la presentación del informe de evaluación de edificio.

¿Quién lo puede solicitar?

Cualquier persona

Documentación a aportar

  • Solicitud general indicando que solicita “certificado del informe de evaluación del edificio con autoliquidación”.

Estas peticiones requieren especificación de la referencia catastral, ubicación del hecho.

¿Dónde solicitarlo?

 

Recogida del certificado si se ha solicitado de forma presencial: 

OAC Avenidas. Av. Gabriel Alomar, 18, bajos, mesa 15.
Una vez esté hecho el certificado, se citará telefónicamente o mediante correo electrónico que el solicitante haya indicado en la petición.

Precio y forma de pago

PARA SOLICITUDES DE CERTIFICACIONES REFERENTES A EXPEDIENTES EXISTENTES IEE, tasa de 29,96 euros, de acuerdo con la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos, concepto 310,00 (BOIB núm. 173, de 26 de diciembre de 2019), vigente a fecha de hoy,

Si solicita la certificación presencialmente en cualquier oficina de atención a la ciudadanía (OAC), se expedirá autoliquidación, que podrá abonar en la misma OAC con tarjeta bancaria.

Si solicita la certificación telemáticamente, deberá hacer constar en la solicitud que se solicita con autoliquidación de la tasa.  Posteriormente recibirá por e-mail las instrucciones para el abono. Una vez pagada la autoliquidación se recomienda enviar copia del justificante de pago al correo electrónico ite@palma.es .

Normativa

  • Ordenanza Municipal del Informe de evaluación de edificios (IEE), aprobada por el Ayuntamiento en pleno, en sesión de 30.04.15, publicada en BOIB, nº 73 de 16.05.2015 y con fecha de entrada en vigor el 17.05.2015.
  • Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares.
  • Reglamento general de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, para la isla de Mallorca.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Forma de iniciación

A petición de la persona interesada

Efectos presuntos

No aplica

Fin de la vía administrativa

La resolución no pone fin a la vía administrativa

Fecha última modificación: 28 de abril de 2025