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IBI.06 - CITA PREVIA IBI

Descripción

La atención al público se hará con cita prèvia.Antes de personarse en las oficinas del IBI debe priorizarse la consulta teléfonica o la solicitud de cita previa.

¿Quién lo puede solicitar?

El sujeto pasivo del impuesto (titular del inmueble) o bien la persona que lo representa interesada en obtener información sobre la situación de un inmueble y/o gestionar o tramitar actuaciones relativas al impuesto sobre bienes inmuebles (IBI).

Documentación a aportar

1. DNI del sujeto pasivo y en el caso del representante, autorización que lo acredite como tal.

2. Según el caso, escritura o nota simple del Registro de la Propiedad, copia del recibo del IBI, documentación de la cuenta corriente, poder notarial, certificados, o cualquier documento que facilite la identificación del bien inmueble sobre el que se realiza la consulta.

¿Dónde solicitarlo?

En el portal del Ajuntament de Palma www.palma.cat  o por teléfono en el núm. 971 225 900

Exts. 1024, 1033, 1052 o 1542.

Precio y forma de pago

0€

Normativa

Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre bienes Inmuebles, Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales aprobado por el RD 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario aprobado por RD 1/2004, de 5 de marzo

Forma de iniciación

A petición de la persona interesada

Requisitos

Únicamente podrá acceder a las dependéncias municipales una sola persona con documentación que la acredite como titular del recibo de IBI o su representante, excepto las personas mayores que precisen acompañante, personas con niños o personas extranjeras acompañadas de un/a traductor/a. 

Observaciones

Como acceder a las oficinas del IBI:

Con cita prèvia.

La atención al público sin cita previa se hará atendiendo a la disponibilidad de la oficina únicamente para tramitar la cita.

Més información

 ¿Puedo solicitar una cita por telefono? Sí, en el caso que no disponga de correo electrónico se puede solicitar cita previa al teléfono nº 971 225 900 ext. 1024, 1033, 1052 o 1542.

¿En el caso de ser cotitular del inmueble pero no el/ la titular del recibo, puedo obtener información del inmueble ? Los datos tributarios son datos protegidors, por tanto únicamente se facilitarà información al titular del recibo o a la persona que lo representa debidamente autorizada

Fecha última modificación: 22 de febrero de 2024