Publicador de contenidos

Recaudación.01 - Solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento de recibos, liquidaciones y multas en periodo voluntario

Descripción

La Ordenanza fiscal municipal contempla la posibilidad de aplazar o fraccionar las deudas tributarias: recibos, liquidacions y multas (sin reducción).

Para el aplazamiento y/o fraccionamiento de los recibos anuales correspondientes al impuesto de bienes inmuebles (IBI), de actividades económicas (IAE), de vehículos de tracción mecánica (IVT) y las tasas de tratamiento de residuos sólidos (TRS) y de entrada de vehículos o de tributos/multas que se encuentren en periodo de pago ejecutivo, deberán dirigirse a las oficinas de la Agencia Tributaria de les Illes Balears (ATIB) o a su web:

https://www.atib.es/TL/Domiciliacion/Default.aspx

C. Francesc de Borja Moll, 22   /   C. de Isidoro Antillón, 19 A

Tel. 971 462 270

¿Quién lo puede solicitar?

Sujeto obligado tributario de la deuda

Documentación a aportar

  •   Solicitud (doc. solicitud general) 
  •   Presentación de DNI en caso de ser sujeto obligado tributario de la deuda.
  •   Autorización y DNI en caso de representación de persona física. 
  •   Documento de identificación fiscal y autorización de representación o escritura de poderes en caso de sociedades
  •  Documentación que demuestre la titularidad de la cuenta bancaria en el caso que se quiera domiciliar el aplazamiento/fraccionamiento

¿Dónde solicitarlo?

Normativa

Ordenanza fiscal general

Requisitos

  •  La deuda debe estar en periodo de pago voluntario
  •  En la solicitud se especificará una dirección electrónica o núm. de teléfono de contacto.

Observaciones

  •  Tramita la solicitud la Secció de Recaptació (Pl Santa Eulàlia, 9, 1r piso) horario de 8.30 a 13.30h de lunes a viernes recaptaciovol@palma.cat
  •  Una vez recibida la solicitud en la Secció de Recaptació se contactará con el solicitante

Fecha última modificación: 31 de marzo de 2024