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El periodo para presentar solicitudes a la convocatoria de subvenciones AYUDAS ALQUILER AYUNTAMIENTO DE PALMA 2019 ha finalizado (28 de mayo a 28 de junio)

Esta dirección de correo deja de estar operativa ya que se había habilitado para facilitar información y resolver dudas a la ciudadanía residentes en Palma para poder presentar la solicitud para optar a la ayuda al alquiler de viviendas en el municipio de Palma.

EL PROCEDIMIENTO Y PLAZO DE RESOLUCIÓN

El órgano instructor, vistos el expediente y el informe de la comisión evaluadora, formulará la propuesta de resolución provisional. Esta propuesta de resolución se publicará en la web del Ayuntamiento de Palma. Se incluirá la lista de personas propuestas para el otorgamiento de la subvención y la cuantía de éstas, así como la lista de personas excluidas, indicando la causa. Las causas de exclusión podrán ser: falta de documentación preceptiva, documentación inexacta, defectuosa o incompleta, incumplimiento de requisitos económicos, de empadronamiento, de residencia o de cualquier otra de los previstos anteriormente.

Esta publicación debe abrir el trámite de audiencia y abrirá un plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de su publicación para poder examinar el expediente en la Oficina de antidesahucios, presentar alegaciones y resolver la falta o defecto de documentación.

Las personas excluidas que no resuelvan la falta de documentación preceptiva serán consideradas desistidas de su solicitud, conforme a lo previsto en el art. 68 de Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Una vez concluido el trámite de audiencia y examinadas las alegaciones que presenten los interesados se formulará la propuesta de resolución definitiva.

La propuesta de resolución definitiva de concesión o denegación de las subvenciones determinará el número de personas que han sido beneficiarias o excluidas, con la puntuación obtenida con el baremo aplicado por la comisión de evaluación y las causas de exclusión, en su caso, definitivas. Especificará en cada caso la evaluación y los criterios aplicados para efectuarla. Esta propuesta será elevada a su aprobación por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma.

La resolución definitiva debe incorporar una relación por orden decreciente de la puntuación obtenida de las personas solicitantes que, incluso cumplir los requisitos para adquirir la condición de beneficiarias de esta convocatoria de subvención, no se les ha concedido la subvención porque su puntuación era inferior a la de las personas seleccionadas y no tenían cabida en la cuantía máxima presupuestada. Estas personas quedan en lista de espera para acceder posteriormente a una posible subvención en el caso de desistimientos, renuncias, incumplimiento de requisitos posteriores, reintegros de la subvención u otras situaciones asimilables que supongan disponibilidad del crédito presupuestario.

Se notificará la resolución a los interesados a través de su publicación en la web del Ayuntamiento de Palma. Una vez publicada la propuesta, los beneficiarios comunicarán al órgano instructor si aceptan la propuesta de resolución o renuncian. En cualquier caso, se entiende que la aceptan si en el plazo de diez días desde que se publica o, en su caso, desde que se recibe la notificación, no indican lo contrario. En la notificación se hará constar que la resolución agota la vía administrativa así como los recursos que puedan interponerse.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses a partir de la publicación de la convocatoria Si transcurre el plazo máximo para resolver sin que se haya dictado resolución legítima entiende desestimada la solicitud.

MÁS INFORMACIÓN PRÓXIMAMENTE EN LA PÁGINA WEB DEL AYUNTAMIENTO DE PALMA.

Fecha Creación: 01 jul 2019

Fecha Fin Vigor: 01 jul 2020

Fecha última modificación: 13 de marzo de 2023